Portal de Sostenibilidad - Hacia una economía circular a través del nuevo Reglamento de envases


Hacia una economía circular a través del nuevo Reglamento de envases

 

La Unión Europea quiere actualizar la legislación en materia de envases y residuos de envases y para ello está elaborando un nuevo Reglamento que contribuya a la transición hacia una economía circular en consonancia con la jerarquía de residuos.

Este nuevo reglamento será aplicable a todos los envases, independientemente del material utilizado, y a todos los residuos de envases.

En su comienzo ya se establece las definiciones necesarias a los efectos del propio Reglamento. Algunas de ellas se han recogido del nuevo marco legislativo [Reglamento (CE) n.º 765/2008 y Decisión 768/2008/CE], de la Directiva sobre los envases y residuos de envases, derogada, o de legislación en vigor en la Unión (como la Directiva marco sobre residuos y el Reglamento sobre la vigilancia del mercado). Se introducen una serie de definiciones nuevas, en particular para la aplicación de las principales medidas de la presente iniciativa que se centran en los envases reciclables, el uso de contenido reciclado en los envases de plástico, los envases reutilizables y la prevención de los residuos de envases.

Con este nuevo reglamento Se preserva el principio de la libre circulación en el mercado único para los envases que cumplan los requisitos de sostenibilidad y de etiquetado que se fijen en el presente Reglamento, así como los requisitos de sostenibilidad para los envases, estos vienen referenciados en el capítulo II.

Otro aspecto para considerar, y que ya desde el principio el nuevo reglamento regula, son los requisitos para sustancias que se encuentran en los envases, en particular una restricción relativa al nivel de concentración de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente. La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados para disminuir el nivel de esta restricción, así como para establecer excepciones a la misma.

En los artículos iniciales ya se exige que los envases sean reciclables y determina qué requisitos será necesario cumplir, en un enfoque en dos fases. A partir del 1 de enero de 2030, los envases tendrán que cumplir los criterios de un diseño que facilite el reciclado y, a partir del 1 de enero de 2035, los requisitos volverán a ajustarse para garantizar que los envases reciclables sean también recogidos, separados y reciclados de forma suficiente y eficaz («reciclado a escala»). Los criterios del diseño que facilite el reciclado y la metodología para evaluar si los envases se están reciclando a escala quedarán establecidos en actos delegados que ha de adoptar la Comisión. La aplicación diferida de estas disposiciones es necesaria con el fin de adoptar la pertinente legislación que recoja de forma pormenorizada los requisitos de reciclabilidad y de dejar a la industria el tiempo suficiente para adaptarse a las nuevas normas. Esta disposición establece además la norma de que las contribuciones financieras que hayan de pagar los productores para cumplir sus obligaciones en materia de responsabilidad ampliada del productor deberán modularse sobre la base de las calidades por resultados de reciclabilidad en virtud de los criterios de un diseño que facilite el reciclado, que se actualizarán para incluir los umbrales de la reciclabilidad a escala que habrán de aplicarse a partir de 2035. Por último, se fijan normas específicas para envases innovadores cuyos requisitos de reciclabilidad solo se exigirá que estén documentados a los cinco años de su introducción en el mercado. Por otra parte, los envases primarios que se ajusten a la definición del acondicionamiento primario del artículo 4, punto 25, del Reglamento (UE) 2019/6, así como los envases de plástico apto para el contacto de los productos sanitarios cubiertos por el Reglamento (UE) 2017/745 y de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro cubiertos por el Reglamento (UE) 2017/746 están eximidos de los requisitos de reciclabilidad establecidos en virtud del presente artículo hasta 2034 para tener en cuenta la salud humana y animal y las consideraciones de seguridad.

Otra exigencia importante es que, a partir del 1 de enero de 2030, los envases de plástico que contengan una cantidad mínima determinada de contenido reciclado valorizado procedente de residuos plásticos postconsumo, por unidad de envase de plástico; han sido eximidos como envases específicos, según el caso. Estas cantidades aumentarán de aquí al 1 de enero de 2040 y las exenciones deberán revisarse. La Comisión adoptará un acto de ejecución para establecer la metodología para el cálculo y verificación del porcentaje del contenido reciclado valorizado procedente de residuos plásticos postconsumo y el formato para la documentación técnica correspondiente. Esta disposición también faculta a la Comisión para adoptar actos delegados a fin de modificar el porcentaje mínimo del contenido reciclado valorizado procedente de residuos plásticos postconsumo.

En los artículos 8, 9 y 10 se definen aspectos muy importantes para el diseño de los envases y que incidirán en su modelo de gestión final. Cabe destacar los criterios y definición para que los envases sean considerados compostables y se prescribe que las monodosis de café en papel filtro para máquinas de bebidas, las etiquetas adhesivas fijadas a frutas y hortalizas y las bolsas de plástico muy ligeras deberán ser compostables en un plazo máximo de 24 meses a partir de la entrada en vigor del futuro Reglamento. Los demás envases, con la excepción de las bolsas de plástico ligeras, para las que se concedió flexibilidad a los Estados miembros, deberán cumplir los requisitos para el reciclado de materiales.

En el sentido de lo anteriormente dicho, se exige que el peso y volumen de los envases se reduzcan al mínimo teniendo debidamente en cuenta la seguridad y funcionalidad de los envases. El cumplimiento de esta obligación deberá demostrarse mediante documentación técnica.

Y por último, se establece los requisitos para los envases reutilizables. Uno de los requisitos, por ejemplo, es que el envase sea concebido, diseñado e introducido en el mercado con el objetivo de ser reutilizado o recargado un número máximo de veces. El envase reutilizable también ha de formar parte de un sistema para la reutilización conforme con las condiciones mínimas que se deberá establecer en el futuro Reglamento.

Sin duda, todavía queda una gran labor de concreción legislativa, de aplicación y asunción por parte de los diseñadores, fabricantes y utilizadores de los envases, sin olvidarnos de aquellas empresas que se dedican a cerrar el ciclo de vida y reintroducir los envases que ya se consideren un residuo o valorizar los materiales de estos.

Un gran reto que reportará sin duda beneficios sociales, económicos y ambientales.

 

Este artículo se ha elaborado en el marco del proyecto de EEN-SEIMED financiado por la Red Enterprise Europe Network, de la Unión Europea. 2.023.

Comparte en tus redes sociales:

¿Eres un patrocinador de soluciones de sostenibilidad y quieres aparecer en este portal?

¿Eres una empresa y no encuentras lo que estás buscando?


SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

Recibe cada dos semanas todas las novedades sobre sostenibilidad empresarial.

PATROCINADORES

BANCO SABADELL
ECOEMBES
ÉTICA SOSTENIBILIDAD
StartGo Connection
AENOR
AIDIMME
AUREN
BIOFOOD NETWORK
CAIXA POPULAR
CANUSSA
CHÓCALA ECO-DESIGN
COORDINA
ENCICLE
ESTRATEGIA Y DIRECCIÓN
FELIDARITY
GAIA CHARGE
GÉMINIS TOOLS
GIRSA (Gestión Integral de Residuos Sólidos)
GRUPO INTERZERO
GRUPO INVESTIGACIÓN ICTvsCC (Instituto ITACA_UPV)
IBERDROLA
IMEDES
INTERCONTROL LEVANTE
ITE (Instituto Tecnológico de la Energía)
JOSE CARLOS FERRER
LOMARTOV
MASUNO SOLUCIONES S.L.
MEUS
MOVEA CONSULTING
TSUNAMI CREATIVO
UNITE
VRP ELECTRIC

COLABORADORES

AMUFOR
ASINDOWN
Asociación para la Economía del Bien Común (EBCONNECTA)
ASPANION
ASUCOVA
AVAESEN
AVEP (Asociación Valenciana de Empresarios de Plásticos)
AVIA – Asociación Valenciana de la Industria de la Automoción
BME
CANUSSA LAB
CÁRITAS VALENCIA
CÁTEDRA BETELGEUX CHRISTEYNS – UCV
CÁTEDRA DE EMPRESA Y HUMANISMO (CEiH)
CE/R+S (Club de Empresas Responsables y Sostenibles)
CEAR – Comisión Española de Ayuda al Refugiado
CLIMATE STRATEGY & PARTNERS
CLUB DE EXCELENCIA EN SOSTENIBILIDAD
COCINA CIRCULAR BY FOOD AND FUN
COCIRCULAR – De Residuos a Oportunidades
CRUZ ROJA
ECOVIDRIO
FARMAMUNDI
FEBF
Felidarity
FEMEVAL
FEVAMA
FORÉTICA
FUNDACIÓN GLOBAL NATURE
Fundación Investigación e Innovación para el Desarrollo Social (FIIDS)
FUNDACIÓN NOVATERRA
MANOS UNIDAS VALENCIA
PACTO MUNDIAL RED ESPAÑOLA
Plataforma del Voluntariat de la Comunitat Valenciana
PROYECTOS EXTRAORDINARIOS
Q’OMER BIOACTIVE
QUIMACOVA
REDIT
SUNREUSE ASSOCIATION
THE GRAVITY WAVE
UNICEF
VALÈNCIA CLIMA I ENERGIA
VISIT VALÈNCIA
ZUBI LABS