
La publicación de la Orden TED/635/2026 establece un nuevo marco para que determinadas empresas industriales de gran consumo energético puedan seguir contabilizando ahorros derivados de actuaciones de eficiencia energética dentro del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE) y, potencialmente, mediante el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE).
Esta norma define qué se considera una empresa de gran consumo de energía del sector industrial y establece las condiciones necesarias para que determinadas mejoras puedan ser reconocidas como ahorros energéticos, incluso cuando impliquen tecnologías que utilizan combustibles fósiles de combustión directa, dentro de la excepción temporal contemplada a nivel europeo.
La orden está dirigida a empresas industriales constituidas en España que desarrollen actividades como:
Además, la instalación donde se realice la actuación deberá contar con un consumo medio anual de energía de al menos 1 GWh durante los tres años anteriores.
Para calcular este consumo se tienen en cuenta los diferentes vectores energéticos utilizados por la instalación, incluido el autoconsumo, quedando excluido el carbón.
Uno de los aspectos más relevantes de la norma es que permite reconocer determinados ahorros derivados de actuaciones que afecten a equipos o procesos con combustión directa de combustibles fósiles hasta el 31 de diciembre de 2030, siempre que cumplan una serie de requisitos.
Entre ellos:
El objetivo es permitir que determinadas industrias puedan avanzar en eficiencia energética mediante mejoras realistas, evitando que proyectos que generan ahorro energético queden excluidos por el tipo de tecnología utilizada.
La Orden TED/635/2026 también introduce cambios en la documentación necesaria para solicitar CAE cuando las actuaciones afectan a tecnologías de combustión directa de combustibles fósiles en industrias de gran consumo.
Esto abre la posibilidad de que determinados proyectos puedan acceder al sistema CAE siempre que quede acreditado:
De esta forma, mejoras en procesos térmicos, optimización de equipos industriales o actuaciones de modernización tecnológica pueden convertirse en proyectos susceptibles de generar valor económico mediante CAE.
Otro aspecto destacado de la norma es su aplicación retroactiva en determinados supuestos, permitiendo reconocer ahorros generados desde el 1 de enero de 2024.
Esto evita que actuaciones ya ejecutadas queden fuera del sistema por no existir previamente una definición clara sobre qué instalaciones podían considerarse grandes consumidores industriales.
Para muchas industrias intensivas en energía, esta regulación supone una oportunidad para volver a analizar instalaciones, procesos y equipos desde una nueva perspectiva.
La eficiencia energética no solo permite reducir consumos y mejorar la competitividad, sino que ahora puede abrir nuevas vías de retorno económico mediante mecanismos como los CAE.
Nuestra recomendación: revisar instalaciones industriales con consumos superiores a 1 GWh/año para identificar actuaciones de eficiencia que puedan ser susceptibles de reconocimiento y monetización a través del sistema CAE.
Desde empresas como iGEX, Proveedor del Portal de Sostenibilidad de Cámara Valencia, se acompaña a las empresas en la identificación de oportunidades, el análisis energético de sus instalaciones y la definición de estrategias que permitan transformar el ahorro energético en una ventaja competitiva.
Artículo elaborado por IGEX.

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